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viernes, 14 de marzo de 2014

CERTIFICADO FITOSANITARIO

PHYTOSANITARG CERTIFICATE

Documento oficial expedido por la Secretaría o las personas acreditadas y aprobadas para tal efecto, que constata el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables en materia de sanidad vegetal a que se sujetan la producción, movilización, importación o exportación de vegetales así como sus productos o subproductos que representen un riesgo fitosanitario​.
Finalidad de los certificados fitosanitarios
 Modalidad de expedición
- la modalidad de expedición y la seguridad sean aceptables para los países importadores
- Anexos
- Certificados inaceptables
- ilegible
- incompleto
- tiempo de validez expirado o no acatado
- inclusión de alteraciones o tachaduras no autorizadas
- inclusión de información contradictoria o discrepaste
- utilización de una redacción que no sea coherente con los modelos de certificados adjuntos.
- certificación de productos prohibidos copias no certificadas.
- no autorizados por la ONPF
- expedidos en modelos no autorizados por la ONPF expedidora
- expedidos por personas, organizaciones u otras entidades no autorizadas por la ONPF
- con información falsa o errónea.
- Requisitos de los países importadores para la preparación y expedición de certificados fitosanitarios
- idioma (los países pueden exigir que los certificados se completen en un idioma específico o uno de la lista de idiomas - se exhorta a los países incluir uno de los idiomas oficiales de la FAO)

Los certificados fitosanitarios se expiden para indicar que los envíos de plantas, productos vegetales u otros artículos reglamentados cumplen los requisitos fitosanitarios de importación especificados y son conformes a la declaración de certificación del modelo de certificado apropiado. Los certificados fitosanitarios deberán expedirse exclusivamente con este fin.
Los modelos de certificados contienen una redacción normalizada y una presentación que deberá seguirse para la preparación de certificados fitosanitarios oficiales. Es necesario asegurar la validez de los documentos, que sean fácilmente reconocibles y que contengan la información esencial.

El certificado fitosanitario es un documento original, o en circunstancias concretas una copia certificada expedida por la ONPF, que acompaña al envío y se presenta a los funcionarios pertinentes cuando llega al país importador.
Otra posibilidad es que la certificación electrónica puede utilizarse, siempre que:
- la información facilitada sea coherente con el modelo o modelos apropiados
- se cumpla el objetivo de la certificación en el marco de la Convención
- se establezca en forma adecuada la identidad de la autoridad expedidora.

Los anexos oficiales del certificado fitosanitario deberán limitarse a los casos cuando la información necesaria para concluir el certificado sobrepasa el espacio disponible en el certificado (véase también el apartado 2). Cualquier anexo que contenga información fitosanitaria deberá llevar el número del certificado fitosanitario y deberá estar fechado, firmado y sellado al igual que el certificado fitosanitario. El certificado fitosanitario deberá indicar, en la sección apropiada, que la información que pertenece a esa sección aparece en el anexo. El anexo no deberá contener ninguna información que no aparezca en el certificado fitosanitario mismo, si hubiera habido suficiente espacio.

Los países importadores no deberán aceptar certificados que ellos determinen que son inválidos o fraudulentos. Se debe enviar lo antes posible una notificación a las autoridades expedidoras en relación con los documentos inaceptables o sospechosos (véase NIMF Pub. No. 13: Directrices para la notificación de incumplimiento y acción de emergencia). La ONPF del país exportador deberá tomar medidas correctivas siempre que sea necesario y mantener sistemas de supervisión y seguridad, con objeto de garantizar que los certificados fitosanitarios emitidos por esa autoridad ofrezcan un grado elevado de confianza.

Certificados fitosanitarios inválidos
Las razones para rechazar un certificado fitosanitario y/o solicitar información adicional incluyen:

Certificados fraudulentos
Los certificados fraudulentos incluyen los siguientes:

Los países importadores con frecuencia especifican los requisitos que deberán observarse con respecto a la preparación y expedición de los certificados fitosanitarios. Estos suelen ser los siguientes:
- período de validez (los países importadores pueden especificar el período de tiempo permitido para la expedición posterior a la inspección y/o tratamiento, salida del envío del país de origen después de la expedición y validez del certificado)
- forma de llenar (los países pueden exigir que el certificado se llene a máquina o a mano con letras mayúsculas y legibles)
- unidades (los países pueden exigir que la descripción del envío y las cantidades declaradas se hagan en determinadas unidades).

 Modalidad de expedición

El certificado fitosanitario es un documento original, o en circunstancias concretas una copia certificada expedida por la ONPF, que acompaña al envío y se presenta a los funcionarios pertinentes cuando llega al país importador.
Otra posibilidad es que la certificación electrónica puede utilizarse, siempre que:
- la modalidad de expedición y la seguridad sean aceptables para los países importadores- la información facilitada sea coherente con el modelo o modelos apropiados
- se cumpla el objetivo de la certificación en el marco de la Convención
- se establezca en forma adecuada la identidad de la autoridad expedidora.

Anexos

Los anexos oficiales del certificado fitosanitario deberán limitarse a los casos cuando la información necesaria para concluir el certificado sobrepasa el espacio disponible en el certificado (véase también el apartado 2). Cualquier anexo que contenga información fitosanitaria deberá llevar el número del certificado fitosanitario y deberá estar fechado, firmado y sellado al igual que el certificado fitosanitario. El certificado fitosanitario deberá indicar, en la sección apropiada, que la información que pertenece a esa sección aparece en el anexo. El anexo no deberá contener ninguna información que no aparezca en el certificado fitosanitario mismo, si hubiera habido suficiente espacio.

Certificados inaceptables

Los países importadores no deberán aceptar certificados que ellos determinen que son inválidos o fraudulentos. Se debe enviar lo antes posible una notificación a las autoridades expedidoras en relación con los documentos inaceptables o sospechosos (véase NIMF Pub. No. 13: Directrices para la notificación de incumplimiento y acción de emergencia). La ONPF del país exportador deberá tomar medidas correctivas siempre que sea necesario y mantener sistemas de supervisión y seguridad, con objeto de garantizar que los certificados fitosanitarios emitidos por esa autoridad ofrezcan un grado elevado de confianza.
Certificados fitosanitarios inválidos
Las razones para rechazar un certificado fitosanitario y/o solicitar información adicional incluyen:
- ilegible
- incompleto
- tiempo de validez expirado o no acatado
- inclusión de alteraciones o tachaduras no autorizadas
- inclusión de información contradictoria o discrepante
- utilización de una redacción que no sea coherente con los modelos de certificados adjuntos.
- certificación de productos prohibidos copias no certificadas.
Certificados fraudulentos
Los certificados fraudulentos incluyen los siguientes:
- no autorizados por la ONPF
- expedidos en modelos no autorizados por la ONPF expedidora
- expedidos por personas, organizaciones u otras entidades no autorizadas por la ONPF
- con información falsa o errónea.

Requisitos de los países importadores para la preparación y expedición de certificados fitosanitarios

Los países importadores con frecuencia especifican los requisitos que deberán observarse con respecto a la preparación y expedición de los certificados fitosanitarios. Estos suelen ser los siguientes:
- idioma (los países pueden exigir que los certificados se completen en un idioma específico o uno de la lista de idiomas - se exhorta a los países incluir uno de los idiomas oficiales de la FAO)- período de validez (los países importadores pueden especificar el período de tiempo permitido para la expedición posterior a la inspección y/o tratamiento, salida del envío del país de origen después de la expedición y validez del certificado)
- forma de llenar (los países pueden exigir que el certificado se llene a máquina o a mano con letras mayúsculas y legibles)
- unidades (los países pueden exigir que la descripción del envío y las cantidades declaradas se hagan en determinadas unidades). 

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